Reglamentacion del transporte en autocar
El transporte de viajeros en autocar esta regulado por el Decreto n°85-891 del 16 de agosto de 1985 y los reglamentos europeos. En LGD Paris cumplimos escrupulosamente estas normas para garantizar su seguridad. Estas son las reglas esenciales que todo viajero y organizador debe conocer.
Duracion maxima de conduccion continua
La conduccion continua no debe superar las 4 h 30 de dia y las 3 h de noche.
Pasado este tiempo, debe observarse una pausa obligatoria de 45 minutos. Esta pausa puede fraccionarse en dos periodos: 15 minutos y luego 30 minutos.
Lo que esto significa para usted: En un trayecto Paris-Bruselas (~3 h 30), su chofer puede conducir sin interrupcion. Para un Paris-Amsterdam (~5 h 30), se programara una parada tras 4 h 30 de ruta.
Duracion diaria de conduccion
La duracion maxima de conduccion es de 9 horas por dia.
Esta duracion puede ampliarse a 10 horas como maximo, dos veces por semana y por conductor.
Lo que esto significa para usted: Para los trayectos de larga distancia (Espana, Italia, Portugal), prevemos sistematicamente un doble equipo para que los conductores se releven sin superar los limites legales.
Descanso diario
El descanso diario es de 11 horas consecutivas como minimo.
Puede reducirse a 9 horas consecutivas, en el limite de 3 veces entre dos descansos semanales.
El descanso tambien puede fraccionarse: un primer periodo de 3 horas minimo seguido de un segundo de 9 horas minimo.
Amplitud de la jornada de trabajo
La amplitud maxima de la jornada de trabajo es de 12 horas para un conductor unico.
En casos excepcionales y bajo condiciones reglamentarias estrictas, puede ampliarse a 14 horas.
Mas alla de 14 horas, un segundo conductor es obligatorio. La amplitud puede entonces alcanzar 18 horas como maximo.
Lo que esto significa para usted: Para una excursion de un dia (salida 7 h, regreso 21 h = 14 h de amplitud), un solo chofer es suficiente. Para un viaje nocturno o una jornada prolongada, asignamos dos choferes.
Descanso semanal
Tras 6 dias de trabajo consecutivos, el conductor debe disfrutar de un descanso semanal.
El descanso semanal normal es de 45 horas consecutivas.
Puede reducirse a 24 horas una vez cada dos semanas, a condicion de compensar el tiempo que falte antes del final de la tercera semana.
Un descanso de 45 horas debe tomarse como minimo una vez cada 15 dias.
Referencia legal
Estas reglas estan definidas por el Decreto n°85-891 del 16 de agosto de 1985 relativo a los transportes urbanos de personas y a los transportes por carretera no urbanos de personas, y por el Reglamento (CE) n°561/2006 del Parlamento Europeo.
LGD Paris dispone de todas las autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad de transporte de viajeros (codigo APE 4939B). Nuestros choferes son titulares del permiso D y de la FIMO (Formacion Inicial Minima Obligatoria).